La ONU aprueba declaración de derechos indígenas

Consejo de Derechos Humanos adopta proyecto de declaración sobre los derechos de los indígenas

29 de junio, 2006  El Consejo de Derechos Humanos coronó hoy veinte años de esfuerzos para proteger las libertades fundamentales de los indígenas al adoptar un proyecto de declaración sobre el tema.
 
Esta fue la primera vez que la organización mundial aprobó un texto sobre los derechos de un grupo particularmente vulnerable.

El paso también es significativo porque nunca se había negociado una declaración entre Estados con la participación de las víctimas de posibles violaciones de derechos humanos.

Luis Chavez, de Perú, presidió el grupo de trabajo que redactó el borrador de declaración: La declaración, que deberá ser refrendada por la Asamblea General de la ONU en su próxima sesión de septiembre, reconoce derechos específicos, como el de la libre determinación.

Chávez explicó que el documento sienta bases nuevas para una relación sana de cooperación y de igualdad entre los indígenas, el estado y el resto de la sociedad.

Uno de los argumentos que se han esgrimido es que la declaración podría obstaculizar la integración nacional. El único límite, señaló Chávez, es el respeto de los derechos de los demás.


Atencio López M.
Tel.Celular: (507)65-35-4444
 
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En esta memorable ocasión, en nombre del Caucus indígena, queremos expresar nuestra emoción más profunda sobre la adopción de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas.
 
La Sociedad de Naciones no reaccionó  ante las demandas de los representantes de los Maori  y de la Confederación Iroques, así que las raíces de la actual Declaración tienen lugar en 1974 y con el monumental informe de Cobo 
 
En 1977, la decisiva  reunión de los pueblos indígenas aquí en las Naciones Unidas apremió  a la comunidad internacional para que prestara atención a los pueblos indígenas de las Américas.
 
En este contexto se tomó la importantísima recomendación de establecer el Grupo de Trabajo sobre las Poblaciones Indígenas.
 
El importante trabajo de los cinco expertos independientes del GTPI, dos de los cuales están aquí hoy con nosotros, Erica Irene Daes y Miguel Alfonso Martínez, refleja que nuestras constantes demandas por el reconocimiento de nuestro carácter especifico  y de nuestros derechos deberían ser consideradas. 
 
Persistimos en nuestros esfuerzos y nos mantuvimos vigilantes en contra de las fuerzas estatales más importantes del mundo.
 
Nosotros confiamos en nuestra capacidad para involucrarnos en un debate substancial, con posiciones que se mantuvieron consecuentes con el derecho internacional
 
Uno de los resultados más importantes ha sido que a través de todas nuestras expresiones, algunas de ellas en nuestras propias lenguas, hemos podido educar a la comunidad internacional sobre el estatus, los derechos y las condiciones de vida de los pueblos indígenas en todos los rincones del mundo.
 
Nosotros continuaremos haciendo esto en el Foro Permanente. El verdadero legado de la Declaración, será la manera en que los pueblos indígenas de mundo, en colaboración con los Estados, daremos vida a estas palabras.
 
La verdadera prueba será el cómo esto tendrá un impacto en la vida diaria de nuestros pueblos.
 
Mientras que este reconocimiento del carácter especifico y fundamental de los derechos  humanos individuales y colectivos es importantísimo, es su implementación en el ámbito de las comunidades lo que tendrá un impacto y dará a nuestros niños la esperanza de un futuro en el que sus vidas e identidades serán respetadas.
 
 
Sería injusto por nuestra parte nombrar a aquellos Estados que han tenido un papel de liderazgo en llegar a donde nos encontramos hoy.
 
Ellos saben quienes son y nosotros sabemos quienes son ellos. Han trabajado con nosotros para asegurar que se consiguiera este importante instrumento de derechos humanos.
 
No les olvidaremos y pediremos a nuestros pueblos que les rindan homenaje
 
Confiamos que cada de uno de ustedes estará también con nosotros en la Asamblea General
 
Finalmente queremos expresar nuestro agradecimiento al Presidente- Relator Chavez por sus grandes esfuerzos para llegar a la finalización con este texto. Su paciencia para asegurar que los Estados y los Pueblos Indígenas contribuyó efectiva y equitativamente al resultado final y merece nuestro mayor aprecio
 
Expresamos nuestra  aspiración como Pueblos Indígenas por una armonía de acuerdo con la naturaleza y tenemos la esperanza de que nuestros futuros como pueblos indígenas y Estados se encontraran para hacer posible nuestra contribución positiva a la humanidad  
 

Derecho Maya: sistema de justicia paralelo


El derecho indígena es un conjunto de normas, principios, formas de conducta y convivencia entre los miembros de una familia, comunidad o pueblo

Por: Lorena Seijo /PrensaLibre/ 28 de mayo de 2006
 
La casa comunal de Totonicapán estaba repleta de indígenas k’iche’s, el 23 de mayo recién pasado. Frente a ellos estaban los acusados: miembros de las comunidades Pachoc, Chuipachec, Chomazán y Casa Blanca señalados de robar madera.
 
Para evitar la cárcel, los infractores accedieron a reunirse con las autoridades comunales, la Policía y el Instituto Nacional de Bosques (Inab), en un juicio público por el sistema maya.
 
La sentencia se emitió el mismo día en idioma k’iche’ y con el consenso de los implicados.
A cambio de no ser encarcelados, los infractores se comprometieron a reforestar, vigilar los bosques y recibir talleres educativos.
 
 
Práctica cotidiana
¿Qué es el derecho indígena, dónde y quiénes lo aplican? Según la Defensoría Maya, es un conjunto de normas, principios, formas de conducta y convivencia entre los miembros de una familia, comunidad o pueblo. Su objetivo es buscar la armonía en la población, por lo que es necesario que todas las partes en conflicto asuman el proceso en forma voluntaria.
Quienes lo imparten son las autoridades indígenas, elegidas por su colaboración con la comunidad y sus cualidades personales. Ninguna autoridad puede cobrar por su servicio.
 
A pesar de que todas las organizaciones y juristas consultados aseguran que es una práctica cotidiana en los departamentos con mayoría indígena, este derecho continúa sin tener reconocimiento oficial.
“Es necesario oficializar el derecho indígena y reconocer sus aspectos jurídicos, para que todos conozcan sus alcances y límites”, indica Alejandro Rodríguez, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales.
 
Asegura que el derecho maya es una alternativa ante la ausencia de justicia oficial en las áreas indígenas.
 
En sus recientes recomendaciones, Rodolfo Stavenhagen, relator especial para los pueblos indígenas, señaló que la falta de acceso a la justicia por parte de los indígenas es un problema grave, al que el Estado debe darle solución.
 
El costo de los procesos, la lejanía de los juzgados y el empleo exclusivo del español son los elementos que dificultan el acceso.
 
En el documento “Primer informe alternativo maya de observación”, se indica: “El Organismo Judicial no ha atendido la recomendación del relator de tomar medidas legislativas para reconocer y respetar la práctica del derecho indígena y las autoridades indígenas, y continúa sin reconocimiento legal la existencia y vigencia milenaria del sistema jurídico maya”.
 
En un estudio de la Defensoría Maya en las regiones indígenas, se determinó que el 98 por ciento de los problemas de las comunidades fueron resueltos a través del sistema maya.
 
De los 219 casos analizados, el 26.02 por ciento correspondía a problemas familiares, el 14.15 a conflictos de tierras, el 8.67 a problemas comunitarios y el 7.30 a herencias.
 
Asimismo, el 7.30 por ciento fue por atentados contra la propiedad privada, el 5.47 por linderos de tierras, el 5.02 por calumnias, el 4.10 por agresiones por ebriedad, el 3.19 por daños a cultivos, el 2.73 por estafas y el 1.36 por homicidios, entre otros.
 
Juicio público
 
Totonicapán es un ejemplo de su puesta en práctica. El juicio público efectuado el martes recién pasado comenzó con la bienvenida a todos, una oración para orientar las decisiones de las autoridades y la presentación de los participantes, incluidos los acusados.
El presidente del comité de los 48 cantones, Fortunato Solís, en su papel de juez, expuso el problema, aleccionó a la población sobre lo que significa destruir los bosques y el futuro que le espera a sus hijos si éstos desaparecen.
“He recorrido varias de sus comunidades y da tristeza ver cómo hasta los árboles chiquitos son cortados”, señaló. “¿Quién de ustedes se animaría a destruir su propia casa?”, interrogó a la concurrencia.
Tras los planteamientos morales, un miembro de cada comunidad expuso su situación, de pie ante las autoridades. Todos evidenciaron la falta de oportunidades laborales y las necesidades por las que pasan sus hijos, pero finalmente reconocieron que cortan y venden la madera.
 
Hubo quien detalló los días y las horas a las que transportan la leña y quienes son los dueños de los picop que la trasladan. Una vez reconocida la culpa, parte imprescindible de la aplicación de justicia indígena, se aportan la soluciones por parte de la comunidad.
 
Sentencia rápida
 
Las autoridades comunales reflexionaron sobre las propuestas y en minutos emitieron su decisión: las cuatro comunidades deben crear un comité forestal, hacer un plan de manejo forestal coordinado con el Inab, asistir a talleres sobre la protección ambiental, junto a sus hijos y constituir un vivero.
 
“¿Estamos todos de acuerdo?”, preguntó Solís. Todos levantaron la mano, pero fueron advertidos de que en caso de incumplir lo acordado, la autoridad indígena tendría que imponer castigos más duros.
 
En este sistema jurídico, cuando alguien comete una falta le advierten una vez, si reincide se llama a las autoridades para arreglar en definitiva el problema. En caso de que persista, se emplean como penas máximas, el azote o el destierro.
 
“La sanción más grave establecida en el derecho maya es el destierro de la comunidad, debido a que la relación de los indígenas con su tierra es muy fuerte”, afirma Édgar Pacay, magistrado indígena de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
 
Para Pacay, el linchamiento es una ejecución extrajudicial que no forma parte de las leyes indígenas.
 
Primer reconocimiento
 
Según Rodríguez, hay avances en el reconocimiento del derecho indígena, como la sentencia de la CSJ sobre que a una persona juzgada por ese derecho no puede volvérsele a juzgar por el occidental. “Este es el primer caso de reconocimiento de las sentencias del derecho consuetudinario”, señala.
 
Añade que Guatemala debería aprender de Colombia donde en las regiones indígenas funciona con su propio sistema. Han creado un tribunal especial con potestad para revisar los casos por si hubiera violación a los derechos humanos, pero siempre con perspectiva intercultural.
 
Yolanda Pérez, presidenta del Colegio de Abogados, dice: “Aunque la Constitución acepta la práctica de la costumbre indígena, deben crearse mecanismos de coordinación entre la justicia oficial y el derecho consuetudinario”. Ella considera que la sociedad no está preparada para la existencia de dos sistemas paralelos.
 
Mientras, a nivel interinstitucional se ha firmado un convenio que busca el reconocimiento de este sistema jurídico, a través de la formación de profesionales y la sensibilización social.
 
Pasos a seguir: Proceso judicial
 
Los pueblos indígenas tienen sistemas de justicias muy similares. Los pasos del proceso son:
Puesta en conocimiento de las autoridades indígenas del problema.
 
Entrevistas individuales, a veces yendo a sus propias casas, con los involucrados.
 
Inicio del juicio con la víctima, el victimario, el resto de la comunidad y las autoridades indígenas presentes.
 
Exposición del problema.
 
Reconocimiento de la culpa por parte de los acusados.
 
Aporte de posibles soluciones por parte de la comunidad.
 
Las autoridades reflexionan y sentencian.
 
La sentencia tiene que ser admitida por todas las partes, tanto víctimas como victimarios.
 
Si los culpables no cumplieran con la pena impuesta, lo que implica necesariamente pedir perdón en público, las autoridades decretarían una pena más drástica, como el destierro de la comunidad.
 
Para evitar violaciones a los derechos humanos las organizaciones indígenas proponen la creación de un ente, conformado por juristas, que vele porque se cumpla el debido proceso en el sistema indígena. Esta institución ya existe en el sistema colombiano.
 
 
Bases legales
 
Constitución: Obligación del Estado
 
El artículo 66 de la Constitución obliga al Estado a reconocer, respetar y promover las formas de vida, costumbres, tradiciones y formas de organización social de las comunidades indígenas.
 
Acuerdos de paz: Derechos de los pueblos
 
Los acuerdos de paz indican, en el inciso relativo a los derechos de los pueblos indígenas, que el Estado debe promover la aceptación social y el desarrollo de las especificidades culturales de los pueblos indígenas. corte suprema de justicia.
 
 
Reconocimiento
Hace un año, la Corte Suprema de Justicia sentenció en casación que nadie puede ser juzgado dos veces por un hecho, incluyendo sentencias mediante el sistema maya, lo que reconoce implícitamente su validez legal.
Reparación: Homicidio
En un caso de homicidio, en el que un hombre mató a otro tras una riña, la familia de la víctima prefirió que fuera aplicada la justicia maya que la oficial.
 
El motivo es que el encierro del victimario no iba a traer ningún beneficio a las víctimas, mientras la sentencia de las autoridades mayas les compensaba más.
 
La sentencia fue que el victimario tuviera que mantener a la familia de la víctima, a través de su trabajo, hasta que los hijos del difunto cumplieran su mayoría de edad.
 
Además, si pretendía quedarse en la comunidad tendría que someterse a la vigilancia de las autoridades, bajo aviso de un castigo mayor si se repetía el hecho.
 
 
Precedente: Robo agravado
 
El año pasado se litigó en la Corte Suprema de Justicia, en casación, la defensa de un indígena que había sido sentenciado en su comunidad al pago y resarcimiento del delito de robo agravado.
También cumplió la sanción moral y pública de recibir nueve azotes, aceptados por él. Luego, la Policía lo detuvo por confeso.
 
Los tribunales ordinarios lo condenaron a ocho años de prisión por robo del picop, que había devuelto a su dueño.
 
La Asociación de Abogados Indígenas recurrió la sentencia hasta casación y la Corte reconoció el derecho indígena, en octubre de 2005.
 
El sentenciado fue dejado en libertad porque una persona no puede ser juzgada dos veces.
 
 
Debate sobre la posibilidad de convivencia de los dos sistemas jurídicos
 
Alfredo Cupil, de la Defensa Legal Indígena, dice que todas las comunidades indígenas mantienen su sistema de justicia, con especificidades por región, dependiendo del grupo étnico al que pertenezcan, pero con una base común.
 
Cupil señala que en Guatemala se ha intentado coordinar los dos sistemas a través de los juzgados comunitarios, pero “lo único que han hecho es destruir el sistema indígena, ya que no han respetado ni sus procesos ni sus autoridades”.
Para este estudioso del derecho maya, la mejor opción sería un sistema integracionista, parecido al que se usa en Colombia, de forma que puedan convivir ambos sistemas jurídicos sin que uno tenga que estar supeditado al otro como sucede ahora.
 
En cuanto a la falta de documentación de las normas de la justicia indígena, Cupil señala que es difícil sentar jurisprudencia porque los indígenas juzgan hechos que han supuesto un trastorno para la comunidad, aunque no esté contemplado previamente como delito, algo imprescindible en el derecho occidental.
 
“No se juzga por separado cada delito cometido por la persona, sino que nosotros evaluamos el comportamiento del infractor a lo largo de su vida”, añade.
 
Para evitar que se cometan abusos, la Defensa Legal Indígena propone la constitución de un ente que vele por el respeto de los derechos humanos, que podría ser la Unidad de Pueblos Indígenas de la Procuraduría de los Derechos Humanos.
 
Derechos con mutua influencia
 
Raquel Yrigoyen Fajardo, en el libro Pautas de coordinación entre el derecho indígena y el derecho estatal, señala: “Los sistemas normativos indígenas se han adaptado y recreado, logrando sobrevivir a pesar de las condiciones de subordinación política y represión”.
 
Según el texto, editado por la Fundación Myrna Mack, cuando se habla del derecho indígena, con relación al “sistema estatal”, no son derechos paralelos que nunca se tocan, sino de sistemas jurídicos “en interacción constante, con mutuas influencias”.
 
Yrigoyen agrega: “El problema es que los sistemas indígenas están en una situación política subordinada y ello condiciona su funcionamiento, valoración y posibilidades de desarrollo”.


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